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ORDEN MINISTERIAL N° 886, DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2008.

                                                                              Crea, en el Gabinete del Fiscal General de Justicia del Distrito Federal y Territorios, el Núcleo de Cooperación Internacional.


EL FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Complementaria n° 75, del 20 de mayo de 1993, artículo 159, inciso XX,


RESUELVE:

Art. 1º Crear, en la estructura del Gabinete del Fiscal General de Justicia del Distrito Federal y Territorios, el Núcleo de Cooperación Internacional, incumbido de asistir al Fiscal General en asuntos de cooperación jurídica internacional con autoridades extranjeras y organismos internacionales, así como en la relación con los órganos nacionales destinados a las actividades propias de la cooperación internacional, especialmente para:

I - planear, ejecutar y coordinar, en el ámbito de la Institución, conforme las directrices fijadas por El Fiscal General de Justicia del Distrito Federal y Territorios, la cooperación internacional;

II - establecer, mantener y desarrollar las relaciones del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios con otras instituciones, nacionales o extranjeras, en cuestiones de cooperación internacional;

III - coordinar, acompañar y apoyar la actuación del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios en el ámbito de la cooperación internacional;

IV - actuar como punto de contacto del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios con sus congéneres en el exterior o con los organismos internacionales de cooperación, recibiendo y transmitiendo informaciones, observada la legislación y los tratados internacionales;

V - actuar, en apoyo al Fiscal General de Justicia del Distrito Federal y Territorios, en el análisis, instrucción y acompañamiento de pedidos de cooperación internacional oriundos del exterior o de las Unidades del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios;

VI - buscar alianzas ante los organismos e instituciones internacionales en las cuestiones de interés del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios, especialmente en lo que se refiere a la cooperación, establecimiento de convenios destinados a la actuación y perfeccionamiento profesionales;

VII - actuar en colaboración con los demás órganos de ejecución del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios, el Ministerio de la Justicia y el Ministerio de las Relaciones Exteriores, para la buena marcha del intercambio y de la cooperación internacional en materias propias del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios y buscar intercambio con experiencias de los Ministerios Públicos de otros países;

VIII - promover la realización de estudios, investigaciones y eventos relacionados a sus actividades y buscar alianzas con instituciones de enseñanza y centros de investigación con el propósito de perfeccionar la formación de los miembros del MPDFT, para instrumentalizar mejor el ejercicio de sus atribuciones;

IX - ejercer otras atribuciones, a ser establecidas por El Fiscal General de Justicia del Distrito Federal y Territorios.

Art. 2° El Núcleo de Cooperación Internacional será integrado, sin perjuicio de sus atribuciones normales, por cuatro Miembros del Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios, designados por El Fiscal General de Justicia que elegirá, de entre ellos, un coordinador.

Art. 3º Esta Orden Ministerial entra en vigor en la fecha de su publicación.

Comuníquese, cúmplase y publíquese


Original firmado.
LEONARDO AZEREDO BANDARRA

Publicada el 06 de Octubre de 2008

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